Como sobrevivir a un Parte - Parte 2

04.01.2017

El parte empadronado

Como ya señalamos en la parte 1, el parte empadronado tiene diferencias significativas con aquel que normalmente cursa Carabineros y los funcionarios municipales.

Este tipo de partes, al igual que los anteriores, se constituyen como citaciones/denuncias sobre infracciones cometidas a la Ley del Tránsito y su estructura de penalización resulta equivalente a aquellas que rigen todo tipo de infracción del tránsito.

Existen dos tipos de infracciones en este sentido: Primero, las que son cometidas al ir conduciendo un vehículo y, segundo, las que cometemos no encontrándonos en él, caso mas clásico de aquello son las infracciones estando detenidos o estacionados.

De las segundas nace lo que se conoce como Parte Empadronado, los cuales tienen la característica distintiva de que se cursan a un vehículo específico, del cual el dueño es el responsable, no importando quién lo haya conducido.

Es en este sentido claro y evidente que si una persona conduce a exceso de velocidad, es responsable de tal infracción. Sin embargo, si un vehículo es detectado estacionado en un lugar prohibido y/o señalizado, no hay certeza respecto de la persona quien realizó el aparcamiento.

Es por esta última razón que las infracciones son cursadas al vehículo específico y no a una persona, aunque finalmente el dueño del vehículo en cuestión será siempre responsable de la infracción, no importando quién fue el que se estacionó mal.

Debemos tener presente que este tipo de infracciones las pueden cursar tanto Funcionarios de Carabineros como Inspectores Municipales debidamente registrados.

¿Qué pasa si no pago un parte de estas carácteristicas?

Sin desmedro de que aun no hablamos sobre el pago del parte en general, a los Partes Empadronados se les asigna un ROL en los Juzgados de Policía Local dependientes de la Municipalidad en donde la infracción fue cometida.

Hasta el año 2001, esta causa pasaba por distintas instancias judiciales, las que finalizaban con la orden de arresto del responsable o dueño del vehículo multado.

Esto se reemplazó por una medida más efectiva para combatir la morosidad en las multas, así es que se crea un registro de multas de tránsito no pagadas administrado por el Registro Civil de Chile.

Si una persona tiene un parte empadronado impago y no se presenta en el Juzgado ante la segunda citación (la primera fue cuando se cursó el parte), estará impedido de renovar el permiso de circulación del vehículo para el próximo año.

¿Y si la persona vende dicho vehículo? El comprador se encontrará con la sorpresa de no poder renovar dicho permiso.

¡Asi que tenga cuidado, y asesórese oportunamente cuando tenga estos problemas!

¿Tienes un parte? ¿Necesitas que hagamos algo al respecto? ¡Cóntactame!

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